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sábado, 9 de agosto de 2014

Nueva campaña PAH Miranda de Ebro


Por PAH Miranda de Ebro

Desde la Plataforma de Afectados por las Hipotecas de Miranda de Ebro iniciamos una nueva campaña informativa y de asesoramiento respecto a las novedades en cuanto normativa surgidas del derecho comunitario y denuncia social de las política de vivienda del gobierno.
La nueva sentencia del TJUE abre un nuevo escenario para aquellos afectados y afectadas cuyo proceso de ejecución hipotecaria este en los juzgados y para aquellos cuya subasta y desahucio se hayan producido.
Desde PAH Miranda de Ebro iniciamos una campaña de información para que este cambio normativo trascendental llegue a todos y todas las mirandesas, y ponemos a su disposición la plataforma para ayudarles a solucionar sus procesos en base a la citada sentencia.


JAQUE A LAS PREROGATIVAS DE LA BANCA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con fecha 17 de Julio de 2014 ha dictado una Sentencia de gran transcendencia para todos aquellos que se encuentran afectados por los abusos bancarios en las hipotecas.
La citada Sentencia es de inmediato cumplimiento por todos los Tribunales españoles.
La referida Sentencia afirma, que tanto la Ley Hipotecaria esp...añola como la Ley de Enjuiciamiento Civil, son contrarias al derecho comunitario, en concreto a la tutela judicial efectiva, y, a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
¿Qué quiere decir esto? , pues sencillamente , que todo aquel que se encuentre afectado por una hipoteca abusiva o este inmerso , al amparo de la Ley 1/2013 , en un procedimiento reclamando lo indebidamente cobrado por los Bancos por alguna clausula abusiva y sus peticiones hayan sido desestimadas por los Jueces Nacionales, se les abre una vía para reclamar los derechos actualmente violados por los Entidades Financieras debido a que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado, que la Ley del PP 1/2013 resulta ser una Ley RADICALMENTE NULA por ser contraria al derecho comunitario.
Las conclusiones a las que podemos llegar, después de un análisis de la citada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, son:
- Que la escritura de crédito hipotecario con fuerza ejecutiva no haya sido objeto de un examen judicial. Es decir, la sentencia, cuestiona la validez de la Escritura de Préstamo Hipotecario.
- En el caso de que el Juzgado haya desestimado la oposición a la ejecución en base a no haberla planteado en su momento, privándonos a los afectados poder recurrir en otras instancias, con esta nueva sentencia, nos abre la vía para poder recurrir.
- La nueva sentencia declara abiertamente que el sistema procesal español resulta contrario a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya que no debe afectar a la protección jurídica de las que los consumidores afectados deben disfrutar en virtud de lo que dispone la Directiva 93/13.
Sin duda, de nuevo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea saca a la luz las vergüenzas del sistema procesal e hipotecario español tan defendido y protegido por el Gobierno del PP
Le da una bofetada jurídica a la espera de que reaccione de una vez por todas, recordándole que los intereses y derechos de los consumidores no deben olvidarse a la hora de legislar.
Esperemos que el Gobierno del PP no haga más regateos a la Ley ni provoque más sufrimientos e incertidumbres sociales.

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