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viernes, 30 de enero de 2015

La nueva ola privatizadora sanitaria: las Unidades de Gestión Clínica

Por Burgos Dijital y Plataforma Sanidad Pública de Burgos

El Sistema Nacional de Salud (SNS) nació tras la Ley General de Sanidad de 1986 y rápidamente pasó a ser uno de los económicamente más eficientes sistemas universales de nuestro entorno. A pesar de esta eficiencia contrastada en diferentes indicadores de gasto medidos por organismos internacionales independientes, bastaron 5 años para que la maquinaria de los “tanques de pensamiento” neoliberales comenzaran a realizar su estrategia poniéndose en entredicho en el famoso Informe Abril que, en resumidas cuentas, recomendaba al Gobierno de España que introdujera la privatización de servicios porque el sistema era “insostenible”.

Abril Martorell presentó ante el Congreso de los Diputados el 25 de septiembre de 1991 un panorama desalentador para posteriormente invitar al Gobierno socialista, que había solicitado a su vez dicho estudio, a la subcontratación de servicios sociosanitarios, a la colaboración y a la complementariedad con el sector privado y a cambios en el régimen jurídico para que ciertas materias del sistema de salud pasaran a someterse al Derecho civil y mercantil, abandonando el Derecho público.

Por aquel entonces el SNS era uno de los “bienes comunes” más respetados y cualquier movimiento del Gobierno favorable al informe hubiera sido contestado duramente, por lo que se rechazó de pleno, pero esto no desalentó a los “lobbys” del sector que fueron poco a poco convenciendo a los políticos tras sus despachos para comenzar a dar el bocado al pastel, aunque lenta y sigilosamente.

Así, una de las primeras medidas que tomó el recién llegado Jose María Aznar a la Moncloa fue la Ley 15/97 que dio paso a nuevas formas de gestión sanitaria creando el armazón legal para diferentes fórmulas privatizadoras de los hospitales que se han ido conociendo. Desde entonces, y no lo olvidemos tras dos legislaturas del PSOE de Zapatero, las empresas privadas pasan de ser meras subsidiarias del SNS a considerar el sector público sanitario como su gran área de expansión, y se convierten a su vez en “colocadoras agradecidas” en altos puestos directivos de los políticos que ayudan a su abordaje en un indecente ejemplo de “puerta giratoria”.

Ya es un hecho contrastado y asentado en la conciencia política de los españolitos que si bien el PSOE y el PP tienen grandes diferencias en lo referente a la sensibilidad ante los derechos civiles, el modelo socioeconómico que pretenden es el mismo. Por lo que el PPSOE acepta de buen grado esta privatización, a pesar del discurso demagógico trasmitido por los socialdemócratas y el típico postureo de buena parte de sus representantes cuando un movimiento tiene a su alrededor todos los focos iluminándole.

Una de las ideas más peligrosas y sibilinas introducidas en las leyes autonómicas es la creación de las denominadas Unidades de Gestión Clínica que tienen el objetivo de “inocular” el espíritu empresarial en los servicios clínicos y dan la cobertura legal  para que los mismos responsables públicos sanitarios pueda convertir un servicio en una empresa dentro del corazón de los hospitales.

El instrumento es “importado” de Gran Bretaña, concretamente introducido en diversos documentos con el concepto de “Clinical Gobernance” en 1998 por el “Department of Health” del Reino Unido. Y, en fin, supongo que muchos habrán oído, leído e incluso sufrido el denostado y desastroso SNS británico.

El concepto traducido al español como “Gestión clínica” hace hincapié en la preocupación por el presupuesto y vendría a definir la práctica clínica de los profesionales utilizando los recursos con criterios de efectividad y eficiencia.

Evidentemente ante esta definición nadie puede cuestionar que el SNS debe de funcionar bajo estos criterios en los que se debe de implicar a los profesionales bien preparados y bien motivados.

Entre los argumentos más utilizados para su implantación destacan éstos:

·         El SNS es manifiestamente mejorable en lo funcional y en lo económico, que ésto es tanto como no decir nada puesto que las políticas públicas también pueden mejorar un servicio público.
·         Que el sistema supone una importante parte del gasto del Estado y es obligatorio garantizar el máximo rendimiento de cada euro que se gasta. A su vez alude a que la creación de 17 Servicios Regionales de Salud ha disparado el gasto. Aunque a la vez se reconoce que el SNS español sigue siendo de los más baratos.
·         Cualquier posibilidad de mejora parte del principio de que la clave está en los profesionales: argumento tan incuestionable como poco sólido, puesto que eso ocurre en cualquier servicio público o privado que requiera un alto grado de especialización.

Toda idea es buena para tratar de justificar una línea estratégica previa, y éste también es el caso de la privatización de la sanidad y de la condena de las personas más desfavorecidas a perder el derecho de poder vivir. Más tarde o más temprano vendrá algún cínico representante del nuevo fascismo liberal para recordarle a alguien necesitado del último fármaco que erradique su hepatitis mortal que “no puede usted vivir por encima de sus posibilidades”.

Con todo ello y esperando al aldabonazo definitivo del TTIP, que sólo lo podrán parar en las instituciones y en los despachos organizaciones políticas y sindicales rupturistas, se crea un entramado legislativo para encajar de manera más rápida y eficaz los próximos acuerdos internacionales. A destacar:

  • ·         La Ley 44/2003 de Regulación de las Profesiones Sanitarias, que introduce el modelo de las Unidades de Gestión Clínica.
  • ·         La Ley 2/2007 de Castilla y León, desgrana que las UGC desarrollarán sistemas de gestión autónomos y propios.
  • ·         6 años más tarde, en medio de la canícula, Ana Mato “nos mete un gol” en una “aséptica” ley de farmacovigilancia utilizando una Disposición final con la que se modifica el estatuto Marco de los profesionales del SNS permitiendo la laboralización y una amplísima movilidad forzosa, sin ningún tipo de conversación o acuerdo previo.
  • ·         Por último, y no hace demasiados días, nuestra comunidad publica el decreto 57/2014, de 4 de diciembre, que consagra definitivamente este nuevo modelo de gestión.
En el próximo artículo definiremos qué son exactamente las Unidades de Gestión y como este modelo puede afectar negativamente tanto a los pacientes como a los profesionales “menos ambiciosos”.

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