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martes, 19 de enero de 2016

El Tratado Trans-Pacífico a examen

Países que formaran el Tratado Trans-Pacífico. M.V.


Por Burgos Dijital

James Corbett es profesor y teórico de “Educación en la economía y la ética del libre mercado” y uno de los principales exponentes de la escuela austríaca de Mises y Rothbard de “Economía y Ética libertaria
A través de la web que vincularemos al final de esta información ha realizado un pequeño análisis sobre el acuerdo comercial que más se parece al famoso TTIP, pactado entre EEUU y varios Estados del Pacífico de América, Oceanía y Asia, tanto en su oscuro proceso de negociación como en las materias acordadas y sus consecuencias.   

Burgos Dijital tratará en la medida de lo posible de hacer llegar a nuestr@s lector@s y a todas las personas preocupadas por las posibles consecuencias del TTIP toda la información que se nos oculta en los medios de comunicación de masas, ya que esto que aquí vertimos no es política-ficción, sino un hecho ya consumado que a buen seguro empeorará aún más las condiciones de vida de las clases trabajadoras de los países afectados.

“Después de años de negociaciones secretas y reuniones a puerta cerrada diseñadas para mantener el acuerdo bajo llave, como en el TTIP, el texto completo del Acuerdo de Asociación Trans-Pacífica (TPP: Trans-Pacific Partnership Agreement) ha sido finalmente hecho público. Ahora el reloj ha comenzado a correr para que cada país impulse el acuerdo a través de sus órganos legislativos para su ratificación.

Así que sin más preámbulos, aquí hay tres cláusulas del texto TPP que muestran lo peor que temíamos del acuerdo.

1. El Mecanismo de Solución de Controversias Inversionista–Estado (Capítulo 9).

Lo que toda la carga de acrónimos con la jerga legal esconde aquí es sin duda la parte más polémica de toda la operación. Este artículo establece los términos bajo los que una empresa transnacional que no está contenta con una ley, resolución o regulación de un anterior gobierno puede demandar al gobierno por su decisión.

Tal vez sea más fácil de entender por qué este mecanismo levanta tantas controversias si nos fijamos en un ejemplo de la vida real.

Cuando la opinión pública alemana se volvió fuertemente en contra del uso de la energía nuclear a raíz de la catástrofe de Fukushima, el gobierno alemán se comprometió a la “Atomausstieg” (Salida Nuclear): un plan para tener cerradas todas las centrales nucleares del país en el año 2021. De hecho, ocho de las centrales nucleares más antiguas fueron cerradas de inmediato, entre las que se incluían dos centrales cuya propiedad y funcionamiento eran de la mayor empresa de energía sueca “Vattenfall”. A Vattenfall no le gustó esto y actualmente está demandando al gobierno alemán por 6 mil millones de dólares en pérdidas por la decisión

Esta multinacional fue capaz de hacerlo bajo los términos de un mecanismo del Banco Mundial llamado el “Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados” que arbitra disputas entre las empresas y los gobiernos y que se cita expresamente en el artículo del TPP 9.18 como uno de los mecanismos que las empresas podrían utilizar para demandar a los gobiernos miembros del TPP.

De hecho, este mecanismo de solución de diferencias ha existido desde hace 50 años, se incluye en una serie de acuerdos de libre comercio y ya se ha utilizado para demandar a varios gobiernos. Como “citizen.org” señala, los contribuyentes de Estados Unidos ya ha pagado 440 millones de dólares a las corporaciones por delitos como prohibir un aditivo neurotóxico de la gasolina o no conceder monopolios de medicamentos a la mafia farmacéutica.

Así que ¿cómo podría interpretarse si el TPP entra en vigor? Bueno, ese es el problema. Dada la muy vaga redacción del acuerdo, incluyendo una nebulosa definición de “inversión” en sí, casi cualquier empresa podría presentar una demanda en contra de casi cualquier gobierno por casi cualquier política, mandato, procedimiento o ley que él crea que recorta su potencial ganancia.

Plenamente conscientes de lo perjudicial que puede ser esta cláusula, cuatro países (Australia, Canadá, México y Nueva Zelanda) han dispuesto excepciones en el Anexo 9-H del texto final para conceder exenciones a determinadas leyes aprobadas bajo ciertas condiciones. 
Australia, por ejemplo, se otorga a sí misma una exención por cualquier decisión tomada en virtud de sus leyes vigentes respecto a las adquisiciones y las absorciones extranjeras, presumiblemente lo que significa que una empresa extranjera no podría demandar a Australia por negarse a una adquisición forzosa de una empresa australiana. 
Pero, como otros han señalado, la existencia de tales exenciones sólo sirven para subrayar que todo lo que no esté específicamente exento es demandable, especialmente en lo que respecta a cualquier regulación ambiental o de salud que pudiera afectar los resultados financieros de una importante empresa.

2. Disposiciones de propiedad intelectual (Capítulo 18).

Esta sección extiende reglas de Estados Unidos, como un traje a medida, para que sus empresas realicen reclamaciones respecto a los derechos de autor en Internet contra la mayor parte del resto de la zona TPP, con las excepciones de Canadá y ciertas normas preexistentes de Chile.

Así, bajo la ley de Estados Unidos conocida como la “Ley de Derechos de Autor Milenio Digital” o DMCA, se proporciona un “puerto seguro” para los proveedores de servicios de Internet que respondan a las notificaciones de los titulares de derechos de autor por sacar de la red preventivamente el material supuestamente ofensivo, incluso si no satisface los requisitos establecidos por las leyes de Uso Justo (Fair Use). 
En efecto, los ISP se convierten en “policías de derechos de autor” que se ven obligados a “censurar” cualquier cosa cuando alguien diga que tiene derechos de autor en cualquier momento, antes de que cualquier revisión del material o su uso tenga lugar.

Esto significa, por ejemplo, que los gobiernos pueden disponer de material políticamente embarazoso o informes críticos de la web con sólo afirmar que el informe reproduce material con “derechos de autor” como documentos gubernamentales o transmisiones de audiencias del gobierno. ¿Suena descabellado? Como la “Fundación Fronteras Electrónicas” ha documentado (EFF), así es exactamente cómo se han utilizado este tipo de leyes docenas de veces, como cuando el Auditor General canadiense exigió la “desaparición” de información de periódicos que publicaron una sección de un informe del gobierno sobre la inmigración o cuando el DHS (Department of Homeland Security) exigió la censura de videos en YouTube sobre ciertas “teorías de la conspiración” que criticaban al gobierno de Estados Unidos.

Tristemente, la cláusula de notificación de derechos de autor es sólo una de las muchas disposiciones preocupantes en el capítulo de “Propiedad Intelectual” del acuerdo. Algunas de las otras pesadillas del capítulo incluyen: extensión de la “Ley de Protección Mickey Mouse”, es decir, la protección de derechos de autor durante 70 años después de la muerte del autor; tipificación como delito la elusión de las tecnologías de gestión de derechos digitales, incluyendo el “jailbreaking” en tu propio teléfono o “rippear” tu propio Blu-Ray en tu computadora; criminalización del periodismo en línea y de los denunciantes de irregularidades en la revelación de “secretos comerciales” mediante el sistema informático.

Estas disposiciones no sirven para ningún otro propósito que el de reprimir aún más la libertad de expresión, los derechos de propiedad privada, y la expresión creativa a través del área comercial TPP.

3. Reglas para Bajar Normas de Seguridad Alimentaria (Capítulo 7)

Este capítulo del TPP establece directrices para armonizar las normas y procedimientos relativos a la seguridad alimentaria y a la sanidad animal y vegetal entre los Estados del acuerdo. 
Como tantas otras cosas en el TPP, contiene un lenguaje que a primera vista es reconfortante para aquellos que están preocupados por las normas de seguridad alimentaria y otras leyes que tienen un impacto directo en nuestra salud. 
Después de todo, ¿quién no quiere garantizar que dichas leyes se basen en la “evidencia científica objetiva“? Pero el problema, como siempre, está en los detalles, y lo que constituye exactamente “evidencia científica objetiva“, como siempre, es dejada en manos de quien juzga las disputas en esta área.

En este caso, dichas disputas se cubren mediante la obligación de los inspectores de alimentos a notificar a los exportadores en cualquier momento que se niegue la entrada de un producto y se proporcione la documentación de esa decisión mostrando que “se limita a lo que es razonable y necesario, y está racionalmente relacionada con la ciencia disponible sobre el tema”. 
En realidad, esto deja una gran oportunidad para desafiar las normas alimentarias al dejar la ciencia en manos de los jueces.

¿Qué ocurre si, por ejemplo, un país como Japón quiere mantener estrictos controles sobre las importaciones de alimentos procedentes de organismos modificados genéticamente? El acuerdo permitiría a los exportadores impugnar cualquier decisión que no parezca estar “relacionada con la ciencia disponible”. 
Y puesto que la “ciencia disponible” sobre esta materia ha sido fuertemente manipulada por la influencia corporativa de las empresas de biotecnología, es perfectamente plausible que con el acuerdo se permitiera finalmente la apertura de toda la región a los alimentos transgénicos.

Una vez más, esto no es una preocupación teórica. El año pasado, Monsanto y Dow se unieron para demandar a Maui por la colocación de una moratoria sobre el cultivo de OMGs en la isla.

La buena noticia es que el acuerdo no ha sido ratificado todavía, así que aún hay tiempo para detenerlo, tal y como fue detenida ACTA tras masivas protestas que la hicieron políticamente inviable.

La mala noticia es que si has leído hasta aquí estás ahora entre las poquísimas personas de la población que han leído una pequeñísima parte del acuerdo. Sin información y concienciación masiva sobre este tema, es poco probable que haya respuestas masivas que permitan descarrilar estos acuerdos comerciales. Dada la cantidad de tiempo, dinero y energía que las multinacionales han invertido en la negociación del TPP, una cosa es segura: NO VA A CAER SIN PELEARLO.



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