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jueves, 2 de abril de 2015

Prohibida la concentración contra el fracking del día 5 en el norte de Burgos


Por Burgos Dijital
Después de ser denegada la "cadena humana contra el fracking", manifestación comunicada a la Subdelegación del Gobierno en Burgos el día 13 de marzo por las tres organizaciones agrarias ASAJA, UPA-COAG y UCCL y respaldada por más de 150 asociaciones de las Merindades de Burgos y asambleas contra el fracking de Burgos y Merindades, entre El Crucero y Villasante y casi sin tiempo para reaccionar, el miércoles 1 de abril se vuelve a comunicar una nueva concentración con cambio de itinerario, en el polígono industrial de Villasante, nada que ver con la "cadena humana".

El argumento de la denegación de la "cadena humana contra el fracking" por parte de la Subdelegación fue "la ocupación de la carretera y el problema de seguridad por la operación retorno", lo cual carece de sentido, según los convocantes, puesto que la "cadena humana" sería a las 12:00 del mediodía, y además el lunes día 6 es festivo en Euskadi.

El argumento de "prohibición" de la concentración, comunicada el día 1 de abril, en el polígono industrial de Villasante, se basa en ( se transcribe correo eléctrónico enviado por la Subdelegación):
En relación a la comunicación de una nueva concentración en forma de cadena humana que las Organizaciones Agrarias  solicitan en el Polígono de Villasante, se comunica lo siguiente:
Si lo que se pretende es el ejercicio constitucional del derecho de reunión (concentración o manifestación), el escrito de comunicación debe presentarse con diez días de antelación -salvo causas extraordinarios o graves- y contener necesariamente los requisitos del Art. 9 del la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión..."

Según nos envían los convocantes:
Esta solicitud también fue denegada alegando que estaba fuera de plazo, cuando la Ley Orgánica 9/1983 , de 15 de Julio, reguladora del derecho de reunión , en su artículo 10, faculta a la autoridad gubernativa a “prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar , duración o itinerario de la reunión o manifestación “. Esta modificación en ningún caso ha sido propuesta por la Subdelegación, negando su admisión cuando la han propuesto los convocantes, impidiendo así el ejercicio de un derecho fundamental consagrado por la Constitución Española como es el de reunión y manifestación.


Una vez más se ha vulnerado un Derecho Fundamental por parte de este Gobierno del Partido Popular que comienza a aplicar las prohibiciones de los derechos más básicos de los ciudadanos, el derecho a la reunión o manifestación, con argumentos que se burlan de la ciudadanía.


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