Por sentencia de la Sala de lo contencioso
Administrativo del T. S. J. de Castilla y León
de fecha 24 de Febrero de 2015 se ha anulado la subida del IBI para los años 2013 y 2014,
acordada por el Ayuntamiento el 21 de Septiembre de 2012. En concreto se anula la subida
acordada, ordenanza Fiscal número 507, artículo 9, del 5,3 % en lo que exceda del 4%, es decir
un 1,3%, tal y como dispone el artículo 8.1 Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de
diciembre.
En consecuencia este Ayuntamiento y en los ejercicios indicados ha cobrado al solicitante el 1,3% de los recibos del IBI de modo
indebido, por lo que procede su
devolución.
si no lo reclamas se lo quedan ellos...así que anímate, es TUYO
ResponderEliminartienen que ser los jueces los que nos den la razón y no el ayuntamiento del pp QUE SE QUEDARÍA CON ELLO.
ResponderEliminarGenial el trabajo de difusión que hacéis, bravo !
ResponderEliminarHola ,me gustaria saber si se puede hacer por internet o hay que llevarlo al ayuntamiento.muchas gracias
ResponderEliminares una solicitud que requiere registro, de momento es posible que sea necesario hacerlo directamente en el ayuntamiento.
ResponderEliminarHay plazos para reclamarlo?
ResponderEliminarEl ayuntamiento no ha sacado ningún decreto sobre ello, por lo que se deduce, que no hay plazos marcados, pero cuanto antes se haga la reclamación mejor.
EliminarYo he estado esta mañana en el Ayuntamiento y todos se hacen los locos, nadie sabe nada y no tienen ninguna respuesta que dar.
ResponderEliminarMe parece muy raro que no tengan la resolución de la sentencia si esta es firme.
la sentencia la tienen publicada en la pagina del ayuntamiento.pero no se como reclamar mas de una vivienda.
EliminarBuenos días, he estado dando vueltas a la pagina del Ayuntamiento, y no veo la sentencia, puedes publicar el enlace???
EliminarMuchas gracias,
http://www.aytoburgos.es/archivos/gestiones-e-impuestos/articulo/documentos/sentencia-tsjcyl-ordenanza-fiscal-ibi-burgos-4.pdf
EliminarHay k llevar copia de los recibos de dichos años?
ResponderEliminaryo creo que una solicitud por vivienda.
ResponderEliminarNo creo que hagan falta los recibos, se solicita el cobro adicional de más cobrado, aunque se pueden adjuntar a la solicitud cuantos documentos se crean necesarios.El ayuntamiento ya tiene todos los datos.
Lo importante es quedarse una copia registrada
¿Solo afecta a la vivienda o afecta también a garajes, locales, etc?
ResponderEliminarLa aventura de presentar la reclamación.
ResponderEliminarHoy he acudido con el impreso firmado por el propietario del piso y me he encontrado con muchas sorpresas.
Primero no te lo recogen en el registro general, tienes que sacar número, esperar lo tuyo, yo he tardado 40 minutos y cuando llego a la mesa la número 17, me encuentro que me pide la autorización por escrito del propietario y la copìa del carnet de identidad al no llevarlo no me lo ha querido registrar. Vamos todo amabilidad la de la funcionaria de la mesa 17. Eso si me ha indicado que por la tarde en el registro general no me piden nada. Y entonces porque por la mañana no lo sellan en el registro general?. COSAS DE FUNCIONARIOS.
No es tu culpa, ni de la funcionaria que solo recibe órdenes, pero te han tomado el pelo.
EliminarPara registrar un documento basta con el documento y una copia.Lo demás son inventos.
Por otro lado aún sin esos requisitos pedidos, puedes decir que te lo registren y obligar que te registren dicha solicitud. OBLIGAR el registro de mi solicitud.
tengo muchas dudas a ver si me podéis ayudar el registro general abre por la tarde ? también esta en el ayuntamiento ? lo puede llevar otra persona por mi ?
EliminarNo me molesto en discutir con una funcionaria que sigue instrucciones, me he ido a la subdelegación del gobierno y solucionado.
EliminarEl registro del ayunatamiento SI ESTÁ abierto por la tarde, creo que hasta las 18 horas.
Buenos días! Alguien ha visto la sentencia del T.S.J., intento buscarla por internet y no la encuentro.
ResponderEliminarMuchas gracias
Me puede alguien decir si tengo q llevar autrización de mi marido,ya que se da el caso de que soy copropietaria pero el recibo està a su nombre. Gracias .
ResponderEliminarCon llevar la solicitud es suficiente, según la LG de Procedimiento Administrativo, en caso de que requieran más documentación, deben ponerse en contacto con el solicitante para que aporte la documentación que falta, dando un plazo máximo para su aportación.
ResponderEliminaryo sé que el Ayuntamiento ha recurrido, obviamente para no tener que devolver lo que nos han quitado .... esto es una vergüenza! una muestra más de lo que hacen los políticos mejor: robar, estafar, corromperse, timar, reírse del ciudadano....
ResponderEliminarComo quiera que se han recibido múltiples quejas sobre la actuación del Ayuntamiento con relación a la presentación de la reclamación de devolución del IBI de los ejercicios 2.1013 y 2.014, indicar:
ResponderEliminarLa reclamación debe presentarse en el servicio denominado BAC, Burgos Abstención al contribuyente, que se encuentra en la planta baja del Ayuntamiento, al frente según se entra, está la máquina para coger el numero y es necesario acudir personalmente, y si alguien no puede ir personalmente quien acuda debe llevar una autorización firmada por el interesado.
Por lo tanto no se presenta en el registro general del ayuntamiento que está en la planta baja a la derecha según se accede al mismo.
Puede presentarse también en cualquier otro registro publico, subdelegación del gobierno en la calle Vitoria, Junta de Castilla y León en la Glorieta Bilbao.....
!!!La que hasbeis liado pollito!!!! Primero, antes de reclamar, hay que saber QUÉ se reclama y si se puede reclamar. Y no marear ni colapsar la administración con papeles inútiles. Que después nos quejamos que hay que esperar y que todo funciona mal.
ResponderEliminarUyyyy!!!!! Como huele esto a funcionario. Que faena, os vamos ha hacer trabajar, eh!!!
EliminarEn consecuencia ese Ayuntamiento y en los ejercicios indicados ha cobrado al solicitante el 1,3% de los recibos del IBI de modo indebido, por lo que procede su devolución.
EliminarPor lo expuesto,
AL EXCMO AYUNTAMIENTO SOLICITO que tenga por presentado escrito y por solicitada la devolución del 1,3% de los recibos del IBI de los ejercicios 2..013 y 2.014 y tras los trámites que procedan dicte resolución acordando la devolución de las cantidades indebidamente cobradas a quien suscribe, con los intereses legales que procedan, desde la fecha del pago del recibo y hasta la devolución de la cantidad adeudada
una solicitud con la reclamación no es papel inútil, no te equivoques, es una solicitud que luego debéis de estimar o desestimar.
EliminarEn el ayuntamiento están poco acostumbrados a recibir solicitudes y reclamaciones de la ciudadanía.
Podeis responder a una pregunta ? En el escrito de reclamación no dice sobre que inmueble se relcama, solo pones tu domicilio. ¿ Se supone que el Ayuntamiento debe responder por todos los inmuebles a tu cargo sobre los que ha cobrado indebidamente ? O hay que indicar en algun lugar, (seria hacer otro escrito); sobre que inmueble haces la recamación. Muchas gracias.
ResponderEliminar¿Y si no estás empadronado en Burgos pero eres propietario de una vivienda? ¿Se puede reclamar? Muchas gracias por la información
ResponderEliminarEntiendo que debes reclamar donde has pagado el IBI, si lo has pagado en Burgos, independientemente del empadronamiento, puedes reclamar.
EliminarDeberían restarlo del siguiente cobro del IBIa todos los ciudadanos
EliminarHola, me acaba de llegar el IBI correspondiente a este año 2015, y no entiendo muy bien sobre este tema. Al final, que personas podemos reclamar el IBI de 2013 y 2014? cuando sabemos si tenemos que reclamar, cuando nos hayan cobrado un 1,3% más respecto al año 2012 y 2013? o como? por favor, me pueden informar un poco mas sobre este tema. Muchas gracias
ResponderEliminarhola, disculpad mi ignorancia respecto a este tema. Pero no he entendido bien, quien son las personas que podemos reclamar el IBI de 2013 y 2014? todas las personas a las que nos hayan subido el ibi respecto al 2012 sea cual sea la cuantía a subir? o por el contrario, las que nos hayan subido más de un 1,3% respecto al recibo del año 2012?como sé si es mi caso?y que debo hacer?
ResponderEliminarHola, me acaba de llegar el IBI correspondiente a este año 2015, y no entiendo muy bien sobre este tema. Al final, que personas podemos reclamar el IBI de 2013 y 2014? cuando sabemos si tenemos que reclamar, cuando nos hayan cobrado un 1,3% más respecto al año 2012 y 2013? o como? por favor, me pueden informar un poco mas sobre este tema. Muchas gracias
ResponderEliminarMi sobrina tuvo este problema el año pasado y puso por fin reclamar ese dinero de más que se habían cobrado con respecto al IBI. Costó lo suyo la verdad por que no es algo que te dejen demasiado claro pero al final pudo hacerlo. Muy interesante tanto el artículo como este blog. Un saludo!
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